EDUCACIÓN: DERECHO DE TODOS DESDE EL INICIO.

EL PERÚ: UN PAÍS SIN SENTIDO COMÚN

El Consejo Nacional de Educación quiere reclamarle al Perú que recupere su sentido común. ¿Qué enseña el sentido común?

Si queremos construir un edificio sólido y durable de 7 pisos, los fundamentos subterráneos y el primer piso deben ser extraordinariamente sólidos para poder sostener todo el resto de la estructura. Cualquier ahorro en hacer una buena base causará fisuras o rupturas debilitará toda la estructura que se coloque encima. Pensemos en el ser humano como analogía de ese edificio. Si durante la gestación y los primeros dos años de vida que es el período en el que se desarrolla el cuerpo, su sistema neurológico, motor, afectivo, el lenguaje, la inteligencia, el cerebro, las bases de la salud, inmunizaciones, etc. no estén bien, todo lo que venga después viene reducido.

Pensemos ahora en una batería eléctrica para hacer una analogía con el cerebro. ¿Por qué al comprar un celular nos instruyen que antes de usarlo lo carguemos 24 horas? Porque dependiendo de la primera carga se definirá cuanta capacidad de la batería estará disponible para las siguientes cargas. Del mismo modo, dependiendo de cuánto conectemos las neuronas cerebrales y expandamos el cerebro en los primeros dos años, se marcará su funcionamiento posterior por el resto de la vida.

Pensemos ahora en el rol del vocabulario para entender un diálogo o texto. Mientras más palabras conozcan los niños, mejor entenderán lo que les están diciendo los adultos o está escrito en los textos. Nuevamente, los insumos primarios definen las habilidades futuras.

Si la ciencia nos dice, según mostrará contundentemente Juan José Amar en el texto de su ponencia, que desde la concepción hasta los primeros 2 años se definen todas las capacidades futuras de las personas, la constatación de lo que se hace en el Perú lleva a la conclusión de que en el Perú se asesina sistemáticamente la opción de la equidad. Pocos de los derechos que reconoce y garantiza la Constitución se pueden cumplir plenamente después de los 2 años de vida.

Por lo tanto, habría que sugerirle a los congresistas que dejen de lado el debate constitucional para que se dediquen plenamente a pensar, legislar y fiscalizar el cumplimiento de las primeras dos líneas del artículo 1ero de la constitución que dice:

 

TÍTULO I: Capítulo I De los derechos fundamentales

Artículo 1.- Derechos de la persona

Toda persona tiene derecho:

1. Derecho a la vida: a la vida (pero vemos que los desatendidos viven menos), a su identidad (los desatendidos tienen golpeada su autoestima) a su integridad moral, psíquica y física (esto está evidentemente mermado) y a su libre desarrollo (que es imposible después de los dos años). El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
2. Derecho a la igualdad: Está prohibida toda forma de discriminación (es evidente que los no atendidos están discriminados en todas sus capacidades frente a los adecuadamente atendidos) por motivo de origen, filiación, raza, género, características genéticas, idioma, religión, opinión, condición económica, discapacidad o de cualquier otra índole, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, además adoptará medidas positivas a favor de grupos discriminados o marginados (no lo hace).

 

Artículo 47.- Derecho a una vida saludable

Toda persona tiene derecho a mantener un nivel de vida saludable, así como a acceder y disfrutar de las instalaciones y bienes necesarios para gozar de un estado de bienestar físico, mental y social completo.

Toda persona debe tener garantizado el más alto nivel de protección a su salud, mediante la prevención, educación y asistencia sanitaria, así como el acceso a servicios de atención médica de forma gratuita y adecuada así como el acceso a medicamentos esenciales, eficaces y seguros (esto no se cumple ni remotamente).

El Estado promoverá el acceso de todas las personas a los alimentos mínimos esenciales que sean suficientemente adecuados, en cuanto a nutrición y seguridad (Peter Franke ha demostrado que esto no ocurre ni remotamente).

El Estado debe asegurar que nadie se vea impedido de disfrutar de su derecho a la vida saludable por razón de su condición social, económica, raza, color, género, idioma, religión o de cualquier otra índole (retórico).

Artículo 50.- Derecho a una adecuada nutrición

Toda persona tiene derecho a una nutrición que le asegure el máximo desarrollo de su potencial físico, emocional e intelectual (la sopa diluida que reciben los pocos que reciben no garantiza nada).

El Estado define la política de nutrición con la finalidad de proteger la adecuada alimentación de la población, vigilando los métodos de producción, aprovisionamiento, distribución y calidad de los productos alimenticios, así como mediante la erradicación de la desnutrición.

Artículo 67.- Protección contra la pobreza

El Estado adopta medidas para asegurar que toda persona sin distinción alguna, esté protegida contra la pobreza y la exclusión social.

Asimismo, adopta medidas de asistencia social para garantizar la vida digna de todos aquellos que no dispongan de recursos y medios efectivos que conduzcan a su plena inclusión y participación en la sociedad.

 

El Consejo Nacional de Educación levanta su voz para exigirle al Ejecutivo y Legislativo que honren su palabra.

142 años después de la abolición de la esclavitud por parte de la Constitución de la época de Ramón Castilla (1860), en el Perú seguimos formando

niños para sean los esclavos de los mejor educados.

Sólo 20 de cada 100 alumnos que ingresan a primer grado terminan 5to de secundaria luego de los once años previstos. El resto se retrasa o queda en el camino. ¿Quiénes son mayoritariamente los alumnos exitosos? Los acomodados que proceden de colegios privados serios y una minoría de alumnos estatales que con mucha perseverancia y apoyo familiar logran aprobar los grados en los colegios estatales. ¿Dónde se concentran los alumnos que más fracasan? En los sectores más pobres del país, tanto urbanos como especialmente marginales, rurales e indígenas.

¿Qué significa todo esto? Que dependiendo de las condiciones económicas y educativas de la familia de origen se va definiendo la desigualdad de oportunidades y quiénes tendrán todas las ventajas. Al extender esta realidad al nivel universitario y luego al mercado laboral, queda claro quiénes serán los empleadores, los ejecutivos, los altos funcionarios, y quiénes serán sus subordinados y esclavos en toda la jerarquía laboral.

 

 

 

¿En qué momento empieza esta diferenciación entre los “de arriba” y los “de abajo”? Según todas las evidencias científicas, desde el vientre materno hasta los primeros 2 años de vida, después de lo cual recuperar las brechas es muy difícil más aún sin estrategias compensatorias premeditadas. Cuando el niño que acumuló todas las desventajas es acogido a los 5 ó 6 años por la escuela pública, suele fracasar una y otra vez, por falta de estrategias de compensación, quedando “fuera de carrera”.

Por eso hace un tiempo escribí un artículo que se titulaba “LOS NIÑOS NACEN A LOS 5 AÑOS” haciendo alusión a que el sistema educativo peruano estaba de cabeza. A pesar que todos los profesionales de la sicología, pedagogía, medicina coinciden en señalar la centralidad que tienen los primeros 2 años de vida en el futuro de todas las personas, paradójicamente el sistema educativo peruano solo los atiende obligatoriamente a partir de los 5 años.

 

A pesar que el tema de la educación de los niños pequeños ya fue un tema de la reforma educativa peruana de los años 70 y el Estado se comprometió en Jomtien que la educación empieza con el nacimiento, no hay políticas públicas agresivas en este tema. Es más, el Acuerdo Nacional, política 11, 15 y 16 hablan de la universalización de la educación inicial de 0 a 5 años y la creación de un sistemas de cuidado infantil diurno en una perspectiva intersectorial la realidad es muy distinta

 

Hoy en día apenas 2.5% de la infancia de 0-2 años recibe atención en Wawa Wasis o programas de estimulación. El número de programas escolarizados desde 1996 ha disminuido, las animadoras reciben 60 dólares al mes, que es un tercio de lo que recibe un profesor intitulado principiante, y además solo trabaja 8 meses al año en un servicio de atención primaria de muy limitada calidad.

Por otro lado los programas estatales de alimentación y nutrición, además de tener un valor nutricional bajísimo, no llegan a la población más vulnerable. Según Pedro Francke el 34% de la población en extrema pobreza no está cubierta por el programa del “vaso de leche” y fuera de Lima el 95% de las personas en extrema pobreza no están cubiertas por el programa de los “comedores populares”.

 

 

 

 

 

 

Precisamente para llamar la atención sobre la desatención de este crucial período desde el embarazo hasta los 2 años y para proponer estrategias concretas de trabajo es que el CNE ha organizado este evento nacional

El CNE ha querido empezar su agenda del 2003 con el tema que concierne al primer piso de la vida humana y orienta­rá su accionar al logro de acuerdos y consensos para su urgente e inmediata atención desde la Sociedad Civil y el Estado. En este sentido las líneas centrales de acción del CNE para el 2003 serán: 1) colocar a la infancia en la agenda pública y difundir las virtudes de la atención temprana; 2) promover la concertación para la acción y el diseño de políticas de largo plazo en los ámbitos nacional, regional y local y, 3) vigilar el cumplimiento de los múltiples acuerdos nacionales e internacionales suscritos por el Perú a favor de los niños.

Aspiramos a comprometer al gobierno a que se trace metas precisas en términos de atención a la primera infancia, que las publique, de modo que la sociedad civil y el CNE pueda monitorear sus logros.

 

Este año nacerán 600 mil niños, que estarán 18 años bajo la influencia de las instituciones que deberían formar, proteger y educar a los menores.

Si retrocedemos 18 años y miramos cómo era el mundo entonces, y vemos que apenas se reconocía la epidemia del SIDA, estaba en ciernes el conocimiento del genoma humano, el mundo aún se dividía entre capitalistas y comunistas, aún existía Yugoslavia y Alemania estaba divida en dos países, aún no sabíamos quien era Alan García, Alberto Fujimori o Vladimiro Montesinos, nos damos cuenta cuánto cambia el Perú y el mundo mientras que los niños están cobijados bajo nuestro amparo.

¿Quién de nosotros puede predecir cómo será el mundo dentro de 18 años y qué retos estará encarando un recién nacido cuando llegue a los 18 años?

Como es impredecible, lo que podemos hacer es equiparlos con capacidades físicas, intelectuales, sociales pero sobre todo esperanzas y sueños para que alcances el éxito, y nos corresponde a nosotros crear los ambientes capaces de nutrir y cultivar sus aspiraciones.

La misión del estado y la escuela se enmarca en torno a esperanzas y sueños. Si los extinguimos con la indiferencia, las políticas erradas, la ineficiencia y falta de recursos, lo que estaremos haciendo es negarles sus sueños.

Es nuestra responsabilidad no permitir que nuestra infancia se quede sin sueños.

 

 

ANEXO 1: EDUCACIÓN Y ATENCIÓN A LA PRIMERA INFANCIA

Agenda del Consejo Nacional de Educación para el 2003

 

Atender temprana y prioritariamente las necesidades de supervivencia, desarrollo y aprendizaje de los niños pequeños representa para el Perú no sólo un imperativo ético -la posibilidad de evitar muertes prematuras y desventajas absolutamente prevenibles e injustas-, sino además una decisión estratégica de primer orden, en la perspectiva de desarrollar el potencial humano y de alcanzar un desarrollo sostenible que coloque a los seres humanos como su premisa y propósito más importantes. Hay argumentos suficientes para susten­tar esta necesidad.

Para empezar, satisfacer desde el nacimiento el derecho de los niños a recibir educación, amplía sus posibilidades de acceder de manera consciente y activa a sus demás derechos. Ahorra, asimismo, el costo de la recuperación de niños con deficiencias en el desarrollo de sus habilidades básicas –que representa para el Estado peruano la repetición y la deserción escolar a conse­cuen­cia de los déficits en la primera infancia- y el costo de las políticas dirigidas a corregir conduc­tas de riesgo en niños y adolescentes, así como el de la reparación de sus consecuentes perjuicios.

Darle prioridad a la primera infancia representa también la posibilidad de multiplicar oportunidades para poten­ciar y enriquecer tempranamente las capacidades y estilos de aprendizaje de los niños, permitien­do que ingresen a la escuela en condiciones de rendir mejor. Posibilita además, a los más vulnera­bles, compensar deficiencias sociales y alcan­zar niveles óptimos de desarrollo en todas sus capacidades; y, en general, desa­rrollar la auto­nomía, la sociabilidad y la confianza en sí mismos que requieren para afrontar retos y adversidades de toda naturaleza.

 

En ese contexto, la educación y atención a la infancia, especialmente a los más pequeños, es uno de los temas prioritarios de la agenda 2003 del Consejo Nacional de Educación, quien orienta­rá su accionar al logro de acuerdos y consensos para su urgente e inmediata atención desde la Sociedad Civil y el Estado. Las líneas centrales de acción serán para el 2003: 1) colocar a la infancia en la agenda pública; 2) promover la concertación para la acción y el diseño de políticas de largo plazo en los ámbitos nacional, regional y local y, 3) vigilar el cumplimiento de los múltiples acuerdos nacionales e internacionales suscritos por el Perú a favor de los niños.

 

1) Posicionamiento de la primera infancia en la agenda pública

Se influirá en diferentes sectores de la ciudadanía, a fin de colocar el tema de la niñez como tema prioritario en la agenda pública y generar nuevos pactos entre el Estado y la sociedad civil acerca de las necesidades y posibilidades de los niños peruanos, la calidad de educación y aten­ción a que tienen derecho y los roles que corresponden a los distintos actores.

Estrategias principales

Difusión y posicionamiento de concepciones actualizadas sobre la niñez, sus necesidades educativas y los roles de los distintos actores para promover su óptimo desarrollo.

Divulgación sobre el significado y las implicancias de los principales compromisos nacionales e internacionales del país con relación a la primera infancia.

Calificación de la demanda social por la educación para niños de 0 a 3 años.

 

2) Formulación concertada de políticas sobre primera infancia

Se promoverá la construcción de políticas públicas de educación infantil en un horizonte de largo plazo, de manera concertada con la sociedad civil y diversos sectores del Estado, movilizando y comprometiendo a diferentes actores regionales y nacionales en esta tarea, así como en la responsabilidad de ejecutarla, seguirla y evaluarla.

Estrategias principales

Diseño de las bases para la formulación del componente de Educación Infantil del Plan Nacional de Desarrollo de la Educación.

Concertación nacional y regional para la formulación del componente de Educación Infantil del Plan Nacional.

Concertación regional y local para el diseño y ejecución de políticas en el corto y mediano plazo.

 

3) Seguimiento y vigilancia a los compromisos asumidos por el Estado Peruano

Se buscará comprometer a las familias y la ciudadanía con el monitoreo de las políticas, programas y compromisos estatales relacionados a la infancia, sobre la base de determinados indicadores de calidad y a una información clara, amplia, oportuna y constante del accionar del Estado.

Estrategias principales

Seguimiento al desarrollo del Plan Nacional de Acción por la Infancia.

Seguimiento a las metas del Acuerdo Nacional de Gobernabilidad.

Seguimiento al cumplimiento de las metas del Foro de Dakar.

Seguimiento a otras leyes, acuerdos y convenios nacio­nales e internacionales suscritos por el Perú.

 

ANEXO PROYECTO DE CONSTITUTICION DE 1993

TÍTULO I: Capítulo I De los derechos fundamentales

Artículo 1.- Derechos de la persona

Toda persona tiene derecho:

1. Derecho a la vida: a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
2. Derecho a la igualdad: Está prohibida toda forma de discriminación por motivo de origen, filiación, raza, género*, características genéticas, idioma, religión, opinión, condición económica, discapacidad o de cualquier otra índole, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, además adoptará medidas positivas a favor de grupos discriminados o marginados.

Artículo 23.- Protección de niños y adolescentes
La responsabilidad del cuidado de todo niño y adolescente corresponde a sus padres. Subsidiariamente, y conforme a ley, corresponde a la familia, la sociedad y el Estado.

Todo niño o adolescente tiene derecho al pleno desarrollo de sus capacidades, y al goce y ejercicio de sus derechos fundamentales.

El Estado garantiza las medidas de protección y los cuidados indispensables que aseguren su bienestar y desarrollo integral. Provee de protección especial al niño y niña, al adolescente, a la madre y al adulto mayor en situación de abandono.

Artículo 25.- Derecho a la vivienda

Toda persona tiene derecho a una vivienda digna con acceso a servicios básicos. El Estado promueve programas públicos y privados de urbanización y vivienda. Regula la utilización del suelo urbano, de acuerdo al bien común y con la participación de la comunidad local, de acuerdo a ley.

Artículo 26.- Derecho a la educación

Toda persona tiene derecho a una educación de calidad. La educación es un proceso permanente. Tiene como objetivos básicos: la formación integral de la persona; el pleno desarrollo de su personalidad en sus dimensiones: ética, intelectual, artística, afectiva y física; el respeto de los derechos fundamentales y los valores democráticos; la preparación para la vida y el trabajo; el respeto a la identidad étnica y pluricultural, el desarrollo científico y tecnológico y la protección del medio ambiente.

Artículo 27.- Educación intercultural

Es deber del Estado promover la educación intercultural, bilingüe, con equidad de género y participación democrática, según las características de cada zona del país. El Estado garantiza el derecho de los pueblos indígenas a recibir educación en su lengua materna.

Artículo 29.- Derechos del educando

El educando tiene derecho a una formación que respete su identidad y promueva su autoestima, así como al buen trato físico, psicológico y moral. Está prohibido todo acto que atente contra su integridad y dignidad.

Artículo 34.- No discriminación en educación

El Estado asegura que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su condición social, económica, raza, color, género, idioma, religión o de cualquier otra índole.

En cada ejercicio presupuestal, se destina al sector educación no menos del seis por ciento del producto bruto interno.

Artículo 35.- Educación pública

El Estado provee servicios educativos donde la población los requiera. La educación básica, que incluye la inicial, primaria y secundaria es obligatoria. La educación básica en todas sus modalidades y la superior impartida por el Estado, hasta el nivel de licenciatura o título profesional, son gratuitas.

La educación básica se complementa con la obligación estatal de brindar servicios de salud. El Estado proveerá alimentación y útiles a los educandos que carezcan de recursos económicos.

Artículo 36.- Educación privada

El Estado reconoce y supervisa la educación privada, en los términos que establece la ley.

Ningún centro educativo puede ofrecer conocimientos de calidad inferior a los del nivel establecido legalmente. Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a constituir y conducir centros educativos dentro del respeto a los principios constitucionales y de acuerdo a Ley.

Artículo 47.- Derecho a una vida saludable

Toda persona tiene derecho a mantener un nivel de vida saludable, así como a acceder y disfrutar de las instalaciones y bienes necesarios para gozar de un estado de bienestar físico, mental y social completo.

Toda persona debe tener garantizado el más alto nivel de protección a su salud, mediante la prevención, educación y asistencia sanitaria, así como el acceso a servicios de atención médica de forma gratuita y adecuada así como el acceso a medicamentos esenciales, eficaces y seguros.

El Estado promoverá el acceso de todas las personas a los alimentos mínimos esenciales que sean suficientemente adecuados, en cuanto a nutrición y seguridad.

El Estado debe asegurar que nadie se vea impedido de disfrutar de su derecho a la vida saludable por razón de su condición social, económica, raza, color, género, idioma, religión o de cualquier otra índole.

Artículo 50.- Derecho a una adecuada nutrición

Toda persona tiene derecho a una nutrición que le asegure el máximo desarrollo de su potencial físico, emocional e intelectual.

El Estado define la política de nutrición con la finalidad de proteger la adecuada alimentación de la población, vigilando los métodos de producción, aprovisionamiento, distribución y calidad de los productos alimenticios, así como mediante la erradicación de la desnutrición.

Artículo 67.- Protección contra la pobreza

El Estado adopta medidas para asegurar que toda persona sin distinción alguna, esté protegida contra la pobreza y la exclusión social.

Asimismo, adopta medidas de asistencia social para garantizar la vida digna de todos aquellos que no dispongan de recursos y medios efectivos que conduzcan a su plena inclusión y participación en la sociedad.

Artículo 70.- Protección de las personas con discapacidad La persona con discapacidad tiene derecho a un régimen especial de protección, atención y seguridad. El Estado adopta las medidas necesarias para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propicia su plena integración