Correctos «pagan pato» por los estafadores en la educación privada a juzgar del DU 002-2020.

Se introduce la nueva definición de cuota de ingreso y el silencio administrativo negativo (que abre las puertas a la corrupción) como factores de tensión. Asociaciones reputadas de colegios privados serios pierden confianza en la voluntad del Minedu de hacer un trabajo cooperativo con ellos en bien del país.

La educación privada seria y responsable debe cargar sobre sus espaldas el facilismo de ser culpado genéricamente por los males ocasionados por el sector privado informal, ilegal y estafador que el estado se muestra incapaz de regular. Para ello produce cada vez más normas restrictivas que en la práctica, al igual que Sunat, Indeci, Indecopi, y tantos más, harán más difícil la vida de quienes cumplen las normas y ocasionalmente tienen alguna falta, frente a los sinvergüenzas que siempre encuentran los resquicios para operar. Porque valgan verdades, la aplicación de esas normas está en manos de funcionarios “discrecionales” que miran a un lado y no al otro, y que en países altamente corruptos como el Perú le regalan otra opción de chantaje y coima a los aprovechadores. Obviamente no son todos, quien sabe tampoco la mayoría, pero los depredadores se hacen notar por todos lados. De paso, toda esa normativa encubre la responsabilidad del estado de ofrecer una educación pública de calidad que sea equivalente a la que ofrecen los privados que hacen las cosas bien.

La educación privada seria y responsable está allí porque las reglas de juego del estado lo permitieron casi desde los inicios de la república hasta nuestros tiempos. Cuando en legislaciones del siglo XX se decía que “no debe tener fines de lucro” en un país como el Perú, eso tenía sentido para aquellas asociaciones seculares o religiosas que promovían instituciones de servicio social, muchas veces benéficas y subsidiadas con donaciones. Pero cuando se abrió la opción a la existencia de promotores o inversionistas privados, de alguna manera le dieron luz verde a algo así como “lucren a escondidas”. Eso lo saben muy bien no pocos colegios y universidades “sin fines de lucro”. Después de todo ¿qué inversionista privado invertiría en un colegio o universidad sin fines de lucro que no genera rentabilidad alguna?

En ese sentido el DL 882 (09/11/1996 y modificaciones) logró sincerar esa educación que quedó obligada a manejar una contabilidad como cualquier otra empresa, definir claramente si tiene fines de lucro y según ello pagar sus impuestos y cumplir las regulaciones propias de un servicio privado en el mercado. De hecho Indecopi ha sido bastante agresivo para vigilar que eso se cumpla y ha logrado que las instituciones más serias, formales, reconocidas, que cuidan su imagen y prestigio cumplan las reglas de juego existentes.

La cuota de ingreso no es una estafa. Tampoco las matrículas y pensiones. Son montos calculados en función del plan de negocios de cada institución para que sea viable y forma parte de los ingresos del colegio para cumplir con sus fines. Existe porque la ley lo estableció así. El colegio arma sus flujos de ingresos, inversiones y financieros usando los montos de cuota, matrícula y pensiones. Usualmente la cuota representa el valor de un año escolar o una fracción de ella, y se usa para inversiones en infraestructura, mantenimiento grueso, equilibrar préstamos bancarios para crecer, etc.

Dos o más colegios muy serios y responsables pueden tener cuotas y pensiones muy diferentes, porque cada uno tiene su propia estructura de costos, su forma de invertir en infraestructura, sueldos docentes, capacitación, servicios y por lo tanto cobran precios distintos a los interesados. Si alguna familia considera que eso es excesivo para ella, o le parece muy alto el margen de utilidad que supone que obtienen los propietarios, tiene varios otros colegios a los cuales postular, porque termina siendo contradictorio que una familia apueste por inscribir a su hijo en un colegio que en su concepción es una institución que actúa incorrectamente “explotando a los padres”.

Lo mismo ocurre con la modificación del procedimiento de creación y ampliación de colegios privados, para lo cual ahora se aplicará el silencio administrativo negativo si la autoridad no se pronuncia a los 60 días. Las consecuencias de esto no han sido debidamente aquilatadas y depender de que la autoridad dé una autorización cuando lo considere prudente, aduciendo la enorme carga de trabajo, deja sin defensa a los que tienen apremio justificado para tales autorizaciones.

El Minedu ha estado conversando con diversos actores privados de todos los sectores sobre diversos aspectos curriculares, evaluación, reglamentos, etc. en ánimo de encontrar fórmulas que reconozcan las necesidades y posibilidades de quienes hacen las cosas bien y a la par bloquear a los trasgresores y estafadores. Llama la atención que se haya hecho de este gravitante DU 002-2020 una excepción, ya que es el único de ese calibre que no se puso en la mesa de trabajo para su análisis. Más aún, se publicó en enero cuando ya estaban corriendo los compromisos pactados entre los colegios y los padres desde el año anterior, de acuerdo a la legislación vigente.

Sin duda el tema de la cuota puede ser discutido y reformulado. Un análisis frío podría llegar a concluir que algunas de las situaciones de traslado que plantea el Minedu son razonables, pero sin desnaturalizar el concepto de cuota convertido en un “derecho a la vacante” (sin más), eliminando las prerrogativas de los colegios de retirar la vacante otorgada a las familias que incumplen con sus compromisos con el colegio, o cuyos hijos son sancionados por faltas graves. Los padres de un o una joven expulsado porque trafica con drogas, o por ser un buleador crónico, o porque ofende a las autoridades del colegio, podrían demandar la reposición de su hijo o hija en el colegio porque la cuota les garantizó la permanencia en el colegio hasta terminar 5to. de secundaria. ¿Tiene eso sentido?

También el tema del silencio administrativo negativo para evitar estafas en caso que la autoridad no se pronuncie en 60 días es muy problemático. Quizá el silencio positivo debiera extenderse a 90 días, o crear categorías de colegios que puedan ser atendidos en bandas paralelas en función de sus buenos antecedentes, pero tiene que haber un límite, y no puede quedar a la discreción de los funcionarios encargados que pueden darle largas al tema hasta el infinito con el consecuente incentivo a las “aceitadas”.

Ha sido la forma de proceder del Minedu en los temas del DU 002-2020 y su impacto imprevisto en el cortísimo plazo el que ha dejado mal sabor en las asociaciones de colegios privados más reputadas, porque pone en duda también todas las otras consultas y acuerdos que se vienen logrando en otros temas con la activa participación de los diversos interlocutores.

Suponemos que la estabilidad del gobierno que se sostiene en medidas efectistas populistas de corto plazo y el hecho de estar a pocas semanas de tener instalado un nuevo congreso lo que ha empujado al Minedu a lanzar este tipo de iniciativas.

Esperemos que en la discusión del reglamento, con la debida calma y visión de largo plazo, se salven las espinas irritativas que trae consigo este decreto de urgencia 002-2020

Para abundar en estas consideraciones adjunto el link a dos comentaristas serios que abordan el mismo tema desde ángulos complementarios.

El MINEDU norma sin consultar y ni conocer la realidad. Ahogando a la educación privada. Jaime de Althaus

Minedu: ¿Pensiones más altas? “No se ha considerado la estabilidad económica de los colegios”. Fernando Cáceres Freyre

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LEY DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS Nº 26549 del 01 de diciembre de 1995

Comunicado de Indecopi del 14 01 2020: COMUNICADO: EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL INDECOPI ADVIERTEN A COLEGIOS PRIVADOS QUE EXIGIR A LOS PADRES DE FAMILIA QUE RENUNCIEN A LA DEVOLUCIÓN DE LA CUOTA DE INGRESO PODRÍA SER OBJETO DE UNA MULTA

Por qué objeto la reducción plana de las pensiones escolares (en el contexto de la epidemia del coronavirus)

Educación privada en épocas de pandemia en el Perú.(LT: El camino a la ruina, cierre de instituciones y desempelo docente. Acusioso informe de Hugo Díaz (en Educared) Mayo 2021)